Ya soy licenciado.

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Ya soy licenciado.

Lorenzo Espinosa Estrada
Administrador
Saludos hermanos, seguramente el título de esta entrada les lleva a pensar que he culminado estudios de una categoría científica, pero no es así. Cuando digo “LICENCIADO” me refiero a que ya tengo el papelito de color amarillo y con un cuño que me acredita como pescador.



Aunque para la modalidad que practico no existe licencia todavía pero. . . Algo es algo. . .
En Cuba siempre ha existido esto de las licencias al igual que en todos los países del mundo, solo que hubo una temporada en que no se le estaba prestando mucha atención.
Aconsejaría al que no la tenga todavía ir a sacarla, muchas son las regulaciones al respecto.
Saludos a todos y pesquen mucho.
Lorenzo Espinosa Estrada. Pescador
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Re: Ya soy licenciado.

Julio
Yo tengo que sacar la mía, no saben la dirección para ir por estos días.
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Re: Ya soy licenciado.

J. Eduardo
En respuesta a este mensaje publicado por Lorenzo Espinosa Estrada
Amigo disculpa las molestias pero t sería posible brindar información, sobre donde, como y q es necesario para poder sacar la licencia
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Re: Ya soy licenciado.

Lorenzo Espinosa Estrada
Administrador
Saludos J Eduardo. Para mí es un placer aunque creo que poco te podré ayudar ya que no fui yo el que realizó el trámite, un amigo que trabaja cerca del lugar me hizo el favor. Aunque no se bien dónde es, me dijo que era cerca de una tienda trasval de centro habana que queda por Sanrafael y galiano. De la dirección no te puedo decir más. De los datos que hay que llevar es poco, solo nombre, apellidos, número de carnet y la dirección particular… ha y 25 cup. Me imagino no sea muy engorroso el trámite.
Ahí te dan una tirilla de papel de color amarillo con tus datos y un cuño… esa es la que doblas al centro y mandas a plasticar. Ya tienes tu licencia de pesca.
Una cosa, la de 25 cup al año es la de pesca de orilla, no se las demás cuanto cuesten, Me parece que la de pesca submarina es de 100 cup al año.
Lorenzo Espinosa Estrada. Pescador
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Re: Ya soy licenciado.

Yaska-Mayaska
Estaba repasando la nueva ley de pesca y en su artículo 8.1 autoriza a pescar libremente ,desde la orilla con vara y carrete en todo el territorio nacional (como en la ley anterior).se exceptuan envases de interes, a los que si habrá de sacar una licencia.
 Sigo estando en ascuas con lo de la licencia para pescar en artefactos navales ,lease, corchos,cámaras o cualquier cosa que flote para adentrarnos al agua para echar los anzuelos.
Con respecto a esto reitero que en la Ley de Pesca se nos autoriza a pescar con la debida licencia,  pero en el Reglamento  ya no se mencionan los artefactos navales ni como sacar la debida licencia.
POR FAVOR, AYÚDENME.
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Re: Ya soy licenciado.

Lorenzo Espinosa Estrada
Administrador
Hermano yo saqué la licencia pero es para la pesca de orilla, para el calamar y para cuando voy un rato estar sin susto.
Pero por lo que he visto cuando en la ley se refieren a artefacto naval no hablan de botes y mucho menos de corcho… un artefacto naval es como una balsa fija en un lugar de la orilla para que la gente se suba o para transportar algo encima y solo se mueve remolcada por un barco… no tiene propulsión propia.
Así que esta ley ni nos menciona…. Que no sé qué es mejor. Que nos mencione o que no nos mencione.    
Saludos a todos y pesquen mucho. ¡Pero con licencia!
Lorenzo Espinosa Estrada. Pescador
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Re: Ya soy licenciado.

Yaska-Mayaska
Este mensaje fue actualizado el .
Hermano, he vuelto a leer la Ley y para la pesca de orilla la unica en la que necesitas licencia es si vas a pescar en un envase que tiene un interes económico. Vaya, es si vas a pescar donde hay un criadero de peces.jiji.
 Sobre los Artefactos  Navales : En la Fundamentación para la Ley de Pesca (no la Ley) ya se mencionaba sobre la necesidad de ordenar los miles de pescadores que ejercían la actividad sobre "artefactos navales" y ya en la Ley de Pesca se les menciona diez veces y te pongo el ejemplo textual :
 Artículo 13.3  La pesca recreativa puede efectuarse desde el litoral y desde la orilla de las aguas marítimas,fluviales y lacustres,por medio de buques,embarcaciones,artefactos navales o la pesca submarina.
El espíritu de la Ley es de ordenar para que a la mesa del cubano lleguen los productos del mar y por eso hay que ordenar y entre estos pescadores están "los miles de pescadores que ejercen esta actividad sobre artefactos navales "
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Re: Ya soy licenciado.

Lorenzo Espinosa Estrada
Administrador
Tomado de: https://prezi.com/mw6nfs-bfl4z/tipo-de-artefactos-navales/ 

TIPO DE ARTEFACTOS NAVALES
AV
Andrés Vega

Actualizada 7 de Febrero de 2017

Transcripción
Las Boyas Marinas

Las boyas de balizamiento ayudan a la navegación marcando un canal fluvial o marítimo, así como obstáculos y áreas administrativas, para permitir a los barcos navegar con seguridad.

Las boyas salvavidas, diseñadas para ser lanzadas a una persona que haya caído al agua, proporcionándole flotación. Generalmente están unidas mediante una cuerda a la embarcación, para poder rescatar al náufrago tirando de ella.

Las boyas DART, de detección de tsunamis o maremotos, que pueden detectar cambios drásticos en la presión del agua y forman parte de los sistemas de alerta de tsunamis.

Las boyas respondedoras, que pueden ser interrogadas mediante ondas de radar por los barcos y que responden con su situación y distancia a la nave.

Las sonoboyas, utilizadas en la guerra submarina para detectar submarinos mediante sónar.

Las boyas a la deriva o correntómetros, tubulares y generalmente de aluminio, pueden regularse para permanecer a un cierto nivel de densidad, y así comprobar la velocidad de las corrientes marinas.

Las boyas meteorológicas y oceanográficas, que incorporan sistemas de adquisición de datos para obtener datos meteorológicos y oceanográficos en alta mar.
Tipos de Boyas
Tipo de Artefactos Navales

Las Boyas son un mecanismo de auxilio, guía tanto para las personas que estes cerca al mar, como para buques que necesitan conocer la ruta.

Las boyas generalmente son huecas y a menudo están infladas con aire o con algún gas neutro, aunque también es común encontrar boyas rellenas de un material sólido más ligero que el agua, como puede ser la espuma de poliestireno, con el fin de impedir que el contenido se llene de agua o que se desinfle, perdiendo así su eficacia, en caso de un pinchazo o fuga tras un golpe.

La flotación de las boyas se debe al Principio de Arquímedes, ya que su masa es inferior a la de su volumen equivalente en agua.

En el evento de que ese artefacto naval se destine al transporte con el apoyo de una nave, se entenderá el conjunto como una misma unidad de transporte.
TIPOS DE PLATAFORMAS PETROLÍFERAS

1- dique Flotante

2- pontones grúas

3- plataformas petrolíferas

4- boyas
TIPOS DE ARTEFACTOS NAVALES
Dique Flotante

Tipo de dique para la reparación de buques; puede sumergirse parcialmente llenándolo para recibir el buque, luego se eleva por medio de bombeo del agua, de modo que queda al descubierto el fondo del buque. También se conoce como dique seco flotante.
¿Qué es un Artefacto Naval?

Este es un artefacto naval que mediante inundación de tanques, hunde la estructura para permitir que la embarcación a reparar ingrese en su seno. Una vez en su sitio, se achican estos tanques provocando la elevación del conjunto, logrando así la puesta en seco


Artefacto naval es la construcción flotante que carece de propulsión propia, que opera en el medio marino, auxiliar o no de la navegación. En el evento de que ese artefacto naval se destine al transporte con el apoyo de una nave, se entenderá el conjunto como una misma unidad de transporte.
Grúas en Pontones

Integrantes:

Lopez, Jesús

Cerrud, Isaenit

Reyes, Aylish

Vega, Andrés

Grúas giratorias y grúas de articulación doble de alta resistencia y potentes ofrecen una solución altamente eficiente y flexible para el empleo en pontones / barcas o transshipper. Litronic® - el control de la grúa y el registro de los datos de la máquina desarrollados por Liebherr mismo - garantizan una conducción segura y precisa. Tornos de elevación especialmente desarrollados y resistentes, sistemas de alarma para el tambaleo y funciones para el empleo de emergencia facilitan la manipulación eficiente y continua de mercancías a granel en barcos hasta la clase Capesize.
Plataforma Petrolífera

Una plataforma petrolífera o plataforma petrolera es una estructura de grandes dimensiones cuya función es extraer petróleo y gas natural de los yacimientos del lecho marino que luego serán EXPORTADOS hacia la costa. También sirve como vivienda de los trabajadores que operan en ella y como torre de telecomunicaciones.1 Dependiendo de las circunstancias, la plataforma puede estar fija al fondo del océano, flotar o ser una isla artificial.2

Debido a su actividad principal, las plataformas petroleras son propensas a sufrir accidentes que pueden ocasionar pérdidas de vidas humanas, derrames de petróleo y graves daños ecológicos. También pueden sufrir vandalismos o ser el blanco de terrorismo, por lo que varios países entrenan unidades especialmente para combatir estas acciones.
Lorenzo Espinosa Estrada. Pescador
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Re: Ya soy licenciado.

Yaska-Mayaska
Este mensaje fue actualizado el .
Ya veo esta definición que nos da Prezi. Pero nosotros en Cuba tenemos que regirnos por la definición que nos da la Ley No 115/2013.Ley de Navegación Marítima,Fluvial y Lacustre.que define en su Capitulo II.DEFINICIONES
Articulo. 3  .c)-Artefacto Naval: Toda construcción flotante que cumple funciones de complemento o apoyo a las actividades que se realizan en las aguas. .....
Y en la Fundamentación  para la Ley  de pesca nuestros legisladores le nombran así en unos de los Objetivos que dice: "Se estima que unos mil artefactos navales y unos 2 mil 500 (pescadores )realizan esta actividad de pesca ilegal.
Entonces creo que nuestros legisladores al levantar la mano para aprobar la Ley de Pesca entendían que al decir "artefacto naval " se referian al objeto flotante a que nos referimos.
Los ciudadanos deben regirse por lo que dice la letra de las leyes y en este caso un corcho o una cámara cumplen (¿o no cumplen?)con la definición que da la Ley 115 en la categoría de artefacto  naval al decir"....cumple funciones de complemento o apoyo a las actividades que se realizan en las aguas. .." y esto sería PPPESCAR.
Claro que al considerar una cámara o un corcho como Artefacto  naval este debería cumplir con una cantidad interminable de requisitos de registros y certificados que harían imposible que se les permitiese.
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Re: Ya soy licenciado.

Yaska-Mayaska
Además si esto de los Artefactos  Navales no encaja en los corchos,cámaras u otros, al quedar derogada la Ley anterior (que si lo prohibía expresamente ) y entrar en vigencia esta Ley quedaría en blanco al no prohibirlo.  Cosa por la cual no deberían ser perseguidos al no haber un artículo que lo prohíba. Y por "analogía" no puede hacerse.
Un ejemplo de esto sería una modalidad que ejerci hace algunos años y es que entraba al mar con careta y aletas y me ponía a pescar con un carrete allá atrás.  Esto no es pesca de orilla,tampoco es pesca submarina y menos embarca'o. Y no hay legislación que lo prohíba. Ji ji.
Creo que donde esta la cosa jodida es que si se refieren a los corchos y cámaras al decir "Artefactos Navales " y si prohíbe pescar sobre estos sin licencia pero no veo en las resoluciones que haya un modo para que se les otorgue licencia.
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Re: Ya soy licenciado.

Yaska-Mayaska
Se debería ser más serio a la hora de legislar para no caer en errores legales y no volver locas a la gente y que los funcionarios que la apliquen den "sus" interpretaciónes.
En la Ley Anterior se le llama "Caza Submarina " y en esta se le nombra "Pesca Submarina" y esto me hace acordarme del amigo FlIsmael con su defensa etimológica.
Pues en la vieja Ley se prohíbe pescar sobre "objetos flotantes" y ahora ya ni se....ji ji.
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Re: Ya soy licenciado.

Yaska-Mayaska
Volviendo a repasar la ley 115/2013 Ley de Navegación ...si consideran a una cámara o a un corcho un ARTEFACTO  NAVAL, estos deberían estar inscritos en los registros y llevar nombre y número y bandera y certificados de seguridad y estar basificados y ver sido aprobados los planos de construcción y estar calificados y aprobados los constructores y un sinnúmero de requisitos más que harían imposible que una cámara o un corcho los obtenga todos.
Imagino como se vería una cámara amarrada en las aguas del río Almendares, en las bases que hay allí,  con un nombre bien visible,un número de folio y de lista,con un letrero Habana en su popa...¿La cámara tiene popa? y una flamante bandera cubana .
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Re: Ya soy licenciado.

Yaska-Mayaska
Este mensaje fue actualizado el .
Otra cosa: imaginemos un caso en los días que ya la Ley de Pesca esté vigente :
 Un pescador es sorprendido por los funcionarios pescando sobre una cámara en aguas del mar.
a)-se le impondría una multa de 5000 pesos por violar el Artículo 32.1 que prohíbe pescar sin la debida autorización. Pero sucede entonces que las autorizaciones son para buques,embarcaciones y artefactos  navales o para los que pesquen de orilla en envalses de interés estatal.
Habría que establecer entonces si una cámara es un artefacto  naval porque este,para serlo,debe estar inscrito y basificado, portar nombre,número de folio y lista,y hasta una bandera cubana. Haber sido construida por personal calificado y con planos y proyectos aprobados por las autoridades pertinentes.ji ji.
 Por lo cual si no se considera como artefacto  naval a una cámara no te pueden exigir una licencia y como en esta Ley no prohíbe pescar sobre un "objeto flotante "(cosa que si prohíbe expresamente la Ley anterior)
 Por lo tanto seria inaplicable el Artículo 32.1
Lo multarian por fuerza y por analogía cosa que es ilegal.